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Abogados Contratación Mercantil
en Madrid

Especialistas en Contratación Mercantil en Madrid. Contratos internacionales, joint ventures, contratos tecnológicos, NDAs y negociación con inversores y contrapartes anglosajones.

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Contratación Mercantil en Madrid: contratos nacionales e internacionales

Madrid es el principal hub de contratación mercantil española e internacional. Contratos con inversores anglosajones, acuerdos de distribución internacional, licencias tecnológicas y NDAs son el núcleo de nuestra práctica contractual en la capital.

Quirós Abogados cuenta en Madrid con un equipo especializado en negociación de contratos complejos, estructuración de relaciones comerciales internacionales y litigación contractual ante los Juzgados de lo Mercantil de Madrid y en arbitrajes ICC.

Redacción y Negociación de Contratos

Redacción, revisión y negociación de contratos mercantiles: suministro, distribución, agencia, servicios, licencias y contratos tecnológicos. Asesoramiento en cláusulas esenciales y limitación de responsabilidad.

Contratación Internacional

Asesoramiento en contratos mercantiles internacionales: elección de ley aplicable, cláusulas de jurisdicción o arbitraje y adaptación a estándares internacionales (ICC, FIDIC). Aplicación del Reglamento Roma I.

Contratos de Distribución y Agencia

Redacción y litigación en contratos de distribución y agencia comercial. Asesoramiento en exclusividades, territorios, indemnización por clientela y aplicación de la Ley 12/1992 sobre Contrato de Agencia.

Incumplimiento Contractual

Reclamación por incumplimiento de contratos mercantiles: resolución contractual, exigencia de cumplimiento e indemnización por daños y perjuicios (daño emergente y lucro cesante) conforme a los arts. 1101 y 1124 CC.

Contratos Tecnológicos y NDAs

Redacción de contratos de desarrollo de software, licencias tecnológicas y acuerdos de confidencialidad (NDA). Regulación de titularidad de software, cesión de derechos y protección de secretos empresariales.

Litigación Contractual

Defensa y representación en litigios contractuales ante juzgados de lo mercantil y arbitraje. Reclamación de indemnizaciones, acciones resolutorias y ejecución de laudos arbitrales nacionales e internacionales.

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 Dirección

C/ Fernández de la Hoz, 70-4ºA, 28003 Madrid

 Teléfono

+34 914 212 467

 Horario

Lun–Vie: 9:00–14:00 / 16:00–19:00
Sólo con cita previa

Preguntas frecuentes — Contratación Mercantil en Madrid

¿Qué ley elijo para un contrato internacional desde Madrid?
Las partes pueden elegir libremente la ley aplicable conforme al Reglamento Roma I. El derecho español suele ser una opción adecuada para contratos con contrapartes europeas o latinoamericanas por su seguridad jurídica y la previsibilidad de su jurisprudencia. La elección estratégica de ley aplicable puede influir de forma decisiva en la resolución de conflictos.

Fuente: Reglamento (CE) 593/2008 (Roma I), art. 3.
¿Cómo negocio un contrato con una empresa americana?
Los contratos con empresas estadounidenses suelen seguir prácticas del common law: contratos muy detallados, amplias cláusulas de representations and warranties, limitaciones de responsabilidad extensas y cláusulas de resolución de disputas mediante arbitraje internacional (ICC) o tribunales de Nueva York o Delaware. La negociación jurídica adecuada permite equilibrar riesgos entre las partes.
¿Qué es una cláusula de change of control?
Una cláusula de change of control permite resolver el contrato o exigir renegociación si una de las partes cambia de control societario (por ejemplo, tras una adquisición empresarial). Es frecuente en contratos de distribución, licencia tecnológica, joint ventures o servicios estratégicos, y su finalidad es proteger a la parte contratante frente a cambios relevantes en la estructura empresarial de su contraparte.
¿Cómo protejo mi propiedad intelectual en un contrato tecnológico?
En contratos tecnológicos es esencial definir: titularidad del software o tecnología desarrollada, licencias de uso, derechos de explotación, gestión de mejoras o desarrollos derivados y régimen de propiedad intelectual tras la finalización del contrato. La cesión de derechos de propiedad intelectual debe realizarse de forma expresa y por escrito.

Fuente: Real Decreto Legislativo 1/1996, Ley de Propiedad Intelectual, art. 45.
¿Qué es un NDA?
Un NDA (Non-Disclosure Agreement) o acuerdo de confidencialidad protege la información sensible que las partes intercambian durante negociaciones o proyectos conjuntos. Regula qué información es confidencial, quién puede acceder a ella, durante cuánto tiempo debe protegerse y qué ocurre en caso de incumplimiento. Los NDAs son especialmente relevantes para proteger secretos empresariales en el sentido de la Ley 1/2019 de Secretos Empresariales.

Fuente: Art. 13 Ley 1/2019, de Secretos Empresariales.

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