Sede Principal · Asturias

Abogados Procesal y Arbitraje
en Gijón

Valoración previa del asunto, reclamación de cantidad, medidas cautelares, ejecución de resoluciones y recursos.

Consulta gratuita Llamar a Gijón Sede Madrid

Derecho procesal en Gijón: reclamación, ejecución y decisión de litigar

La primera pregunta en un asunto litigioso no es cómo se demanda, sino si conviene demandar. Cuando las dos partes operan en el mismo mercado, romper la relación tiene un coste que no aparece en la demanda pero que se paga después. Conviene ponerlo sobre la mesa antes, junto con lo que realmente se puede acreditar y lo que cuesta el procedimiento.

Cuando se decide litigar, lo que suele fallar no es el pleito sino lo que viene después. Una sentencia favorable puede quedar sin efecto práctico si, cuando llega, ya no queda patrimonio donde ejecutar. Localizar bienes y valorar una medida cautelar al principio, y no cuando ya hay sentencia, es lo que distingue ganar de cobrar.

Valoración previa del asunto

Análisis de la prueba disponible, del plazo que resta y del coste del procedimiento antes de decidir si se demanda.

Reclamación de cantidad

Elección de la vía procesal adecuada según el importe y la documentación, desde el proceso monitorio al declarativo.

Medidas cautelares

Solicitud de medidas para asegurar la efectividad de la futura sentencia, con la caución que corresponda y el plazo para demandar.

Ejecución de resoluciones

Ejecución de sentencias, laudos y títulos no judiciales, localización de bienes y oposición cuando se ejecuta indebidamente.

Recursos

Apelación y recursos posteriores, con valoración honesta de las posibilidades de revisión antes de recurrir.

Medios adecuados de solución de controversias

Cumplimiento del requisito previo a la demanda y aprovechamiento real de la negociación para cerrar el asunto antes del pleito.

Sede de Gijón

Sede Principal · Asturias

 Dirección

C/ Trinidad, 12-1º dcha., 33206 Gijón, Asturias

 Teléfono

+34 985 343 353

 Horario

Lun–Vie: 9:00–14:00 / 16:00–19:00
Sólo con cita previa

Preguntas frecuentes — Procesal y Arbitraje en Gijón

¿Qué tipo de asuntos procesales atendemos en Gijón?
Prestamos asistencia procesal en litigios de distintas jurisdicciones: litigación civil y mercantil, procedimientos contencioso-administrativos, conflictos laborales, arbitraje nacional e internacional, y procedimientos de ejecución de resoluciones judiciales o laudos. Nuestra intervención puede abarcar todas las fases del litigio: análisis previo del conflicto, estrategia procesal, demanda o contestación, prueba, recursos y ejecución.
¿Ante qué órgano se recurre una resolución de primera instancia?
Depende del orden jurisdiccional. En el civil y en el penal, el recurso de apelación contra las resoluciones de las Secciones del Tribunal de Instancia corresponde a la Audiencia Provincial. En el social, el recurso de suplicación corresponde a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia. En determinados supuestos cabe después casación ante el Tribunal Supremo, sujeta a requisitos de acceso estrictos que conviene analizar antes de recurrir.
Fuentes: Ley de Enjuiciamiento Civil, arts. 455 y siguientes · Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, arts. 191 y siguientes · Ley Orgánica del Poder Judicial.
¿Pueden solicitarse medidas cautelares urgentes en Gijón?
Sí. Cuando concurren los requisitos legales, pueden solicitarse medidas cautelares ante los órganos judiciales competentes de Gijón. La medida concreta dependerá del tipo de litigio y del orden jurisdiccional: embargo preventivo, suspensión de actos administrativos, anotaciones registrales u otras medidas para preservar la eficacia de la futura resolución judicial.

Fuentes: Art. 721 LEC · Art. 129 LJCA.
¿Es posible resolver el conflicto sin llegar a juicio?
En muchos casos sí. Antes o durante el proceso pueden explorarse soluciones como la negociación directa entre las partes, la mediación y el arbitraje (cuando exista convenio arbitral). Estas vías pueden reducir la duración del conflicto y ofrecer soluciones más flexibles en determinados litigios.

Fuentes: Ley 5/2012 de mediación · Ley 60/2003 de arbitraje.
¿Qué ocurre si la otra parte no cumple una sentencia?
Cuando una sentencia o resolución judicial firme no se cumple voluntariamente, puede iniciarse el procedimiento de ejecución ante el órgano judicial competente. El tribunal puede adoptar distintas medidas de apremio: embargo de cuentas, salarios y bienes inmuebles, y subasta judicial de bienes.

Fuente: Arts. 517 y ss. LEC.

¿Necesita un abogado de Derecho Mercantil en Gijón?

Consulta inicial gratuita. Le atendemos en nuestra sede de Gijón o por videollamada.

Solicitar consulta Llamar: +34 985 343 353 Ver todos los servicios