Instrumentos preconcursales, concurso de acreedores, responsabilidad de administradores, venta de unidad productiva y segunda oportunidad.
En un tejido de empresas industriales y familiares, la insolvencia rara vez es repentina. Llega tras varios ejercicios de tensión de tesorería, con proveedores del entorno que llevan meses esperando, con financiación bancaria ya renegociada una vez y con una plantilla estable que conoce la situación. El problema no suele ser jurídico al principio: es de calendario.
Por eso lo determinante es cuándo se pide consejo. Anticiparse permite trabajar con los instrumentos preconcursales, que caben tanto en situación de probabilidad de insolvencia como de insolvencia inminente o ya actual, y permite además ordenar la responsabilidad de los administradores antes de que se acumulen las causas. Cuando se llega tarde, las opciones se reducen y el riesgo personal del administrador crece.
Comunicación de negociaciones y planes de reestructuración cuando todavía existe margen para reordenar el pasivo sin abrir el concurso.
Preparación y tramitación del concurso, con atención a la continuidad de la actividad y al tratamiento de los contratos necesarios para mantenerla.
Análisis de las causas de disolución, de los deberes que se activan con ellas y del riesgo personal derivado de retrasar la reacción.
Comunicación y clasificación del crédito cuando quien concursa es el cliente o el deudor, y actuación en el incidente cuando la clasificación se discute.
Transmisión de la actividad como conjunto, con atención al perímetro que se transmite y a las obligaciones que acompañan a la unidad.
Exoneración del pasivo insatisfecho para personas físicas, sean o no empresarias, con revisión previa de los requisitos y del alcance real de la exoneración.
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