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Abogados Derecho Marítimo
en Madrid

Especialistas en Derecho Marítimo en Madrid. Embargo preventivo de buques en todos los puertos españoles, siniestros marítimos y arbitraje marítimo internacional.

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Derecho Marítimo en Madrid: asesoramiento especializado y cercano

Desde nuestra sede en Madrid actuamos en toda España en materia marítima. Contamos con procuradores habilitados en todos los juzgados mercantiles donde se practican embargos de buque.

Nuestra experiencia con despachos marítimos internacionales nos permite actuar como corresponsales en España para firmas extranjeras que necesiten actuar en puertos españoles.

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Preguntas frecuentes sobre Derecho Marítimo en Madrid

¿Cómo se solicita el embargo preventivo de un buque en España?
El embargo preventivo puede solicitarse ante el Juzgado de lo Mercantil del puerto donde se encuentre el buque. Es una medida cautelar urgente que permite asegurar el cobro de créditos marítimos como fletes impagados, daños a la carga, suministros al buque o reclamaciones contractuales. El procedimiento puede tramitarse con carácter urgente y sin audiencia previa del armador.

Fuentes: Convenio Internacional sobre Embargo Preventivo de Buques, Ginebra 1999 · Ley 14/2014 de Navegación Marítima, arts. 470-479.
¿En qué puertos españoles pueden tramitarse embargos de buques?
Los embargos preventivos pueden solicitarse ante el juzgado mercantil del puerto donde se encuentre el buque. Entre los principales puertos españoles: Barcelona, Valencia, Bilbao, Algeciras, Vigo, A Coruña, Las Palmas, Santa Cruz de Tenerife, Sevilla y Gijón.

Fuente: Ley de Navegación Marítima.
¿Puede un despacho extranjero designar un corresponsal marítimo en España?
Sí. Es habitual que despachos internacionales designen abogados corresponsales en España para embargo de buques, asistencia judicial en puertos españoles, gestión de reclamaciones de carga y ejecución de laudos arbitrales marítimos. Ofrecemos informes jurídicos y asistencia procesal en inglés y español.
¿Qué es el arbitraje marítimo?
El arbitraje es el mecanismo más habitual para resolver disputas en el transporte marítimo internacional. Los centros más utilizados son el LMAA (Londres), la CAMP (París) y el SCMA (Singapur). En España es posible reconocer y ejecutar laudos arbitrales marítimos extranjeros.

Fuentes: Convenio de Nueva York de 1958 · Ley 60/2003 de Arbitraje.
¿Qué documentación necesito para reclamar por daños a la mercancía?
Para iniciar una reclamación por avería de mercancías transportadas por mar es recomendable reunir: conocimiento de embarque (Bill of Lading), póliza de seguro de transporte, informe del surveyor o perito marítimo, fotografías de los daños y protesta o reserva firmada en destino.

Esta documentación permite acreditar la existencia del daño y la responsabilidad del transportista o del seguro.

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