Despido individual y colectivo, modificación de condiciones, accidente de trabajo y recargo de prestaciones.
En Asturias es habitual encontrar plantillas con antigüedades largas y convenios de sector con una tradición asentada. Eso cambia el peso de cada decisión: una extinción individual arrastra una indemnización elevada, una modificación de condiciones toca derechos consolidados durante años y cualquier medida colectiva se negocia con una representación de los trabajadores que conoce bien la empresa.
A ello se añade el peso de la actividad industrial y portuaria en la siniestralidad. El accidente de trabajo no abre un solo frente, sino varios en paralelo —prestación, posible recargo, responsabilidad civil y, en su caso, penal— que se tramitan por vías distintas y con plazos propios. Tratarlas por separado y en orden es lo que evita que una decisión en un frente perjudique la posición en otro.
Preparación de la extinción y defensa frente a su impugnación, con cálculo realista de la indemnización y de los riesgos de improcedencia o nulidad.
Despido colectivo, suspensión y reducción de jornada: período de consultas, documentación exigible y ejecución de lo acordado.
Cambios de jornada, horario, funciones y retribución, y su encaje cuando la condición se ha consolidado a lo largo del tiempo.
Coordinación de las distintas vías que se abren tras el accidente, con atención al recargo de prestaciones y a la reclamación del daño.
Aplicación e interpretación del convenio, descuelgue y negociación con la representación de los trabajadores.
Asistencia en actuaciones inspectoras, alegaciones al acta y defensa frente a la propuesta de sanción.
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