Protocolo de empresa familiar, relevo generacional, conflictos entre socios y responsabilidad de administradores.
Una parte importante de las sociedades asturianas son empresas familiares en las que la segunda o la tercera generación ya está dentro. Ahí los conflictos societarios rara vez son estrictamente jurídicos: el capital está repartido entre hermanos o primos, hay socios que trabajan en la empresa y socios que solo cobran dividendo cuando lo hay, y las decisiones se han venido tomando por costumbre y no por acuerdo formal.
El momento crítico es el relevo. Sin un pacto que ordene quién gestiona, cómo se retribuye a quien trabaja, qué ocurre si alguien quiere salir y cómo se valoran sus participaciones, la sucesión convierte una empresa que funciona en un bloqueo. Ese pacto se negocia bien cuando no hay conflicto; después ya no.
Ordenación de la relación entre la familia y la sociedad: acceso a la gestión, retribución, entrada de nuevas generaciones y salida de socios.
Preparación jurídica de la sucesión en la propiedad y en la gestión, con previsión de los desacuerdos que suelen aparecer.
Bloqueo del órgano de administración o de la junta, impugnación de acuerdos y salida del socio minoritario.
Cláusulas de transmisión, derechos de adquisición preferente y criterios de valoración pactados de antemano.
Deberes del órgano de administración, causas de disolución y responsabilidad personal por no reaccionar a tiempo.
Ampliaciones y reducciones de capital, modificaciones estructurales y reorganización del grupo familiar.
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